Legalizaciones
Descubre los requisitos esenciales para cada trámite en nuestra completa guía de legalizaciones.
Apertura de Libro Persona Jurídica
Requisitos:
Solicitud firmada por el apoderado o representante legal.
Vigencia de Poder con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.
Ficha RUC.
Copia del DNI vigente del representante legal o apoderado.
Importante: En caso fuera segundo libro a legalizar, se debe acreditar la conclusión (adjuntando la primera y última hoja del libro culminado) o pérdida del libro anterior ( adjuntando denuncia policial original donde se precise el nombre del libro, número, fecha y nombre de la notaría donde se legalizó).
En caso fuera pérdida de Libro de Actas, además de la denuncia policial original (donde se precise el nombre del libro, número, fecha y nombre de la notaría donde se legalizó) se debe presentar el acta de la Junta o Asamblea General en hojas simples donde se informe la pérdida del libro, debiendo contar con la certificación notarial de las firmas de las personas intervinientes,
En el caso de pérdida de Libros Contables además de la Denuncia Policial original, se debe presentar la carta original presentada a la Sunat.